STPS  ·  DOF  ·  9 de junio de 2026

REPSE 2026: Cambios clave en el trámite ante la STPS

Simplificación, nuevos requisitos y nuevos plazos para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas.

Boletín Laboral  |  Publicado: Septiembre 2026  |  Tema: Simplificación Administrativa


01 · ¿Qué publicó la STPS?

Un Acuerdo de simplificación administrativa

El 9 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, con entrada en vigor al día hábil siguiente.

Se fusionan la inscripción, cancelación y renovación del REPSE en una sola homoclave, con tres modalidades que se presentan mediante formulario en línea:

Una sola homoclave

STPS-086-002

Alta  ·  Actualización  ·  Cancelación

02 · Menos requisitos según el tamaño

Requisitos por número de personas trabajadoras

Hasta 10 personas trabajadoras

Solo formulario en línea más constancia de inscripción en el RFC (persona física) o acta constitutiva y objeto social vigente (persona moral).

Se eliminan: identificación oficial, poder notarial, comprobante de nómina, registros patronales ante el IMSS, comprobante de domicilio y cédula del SUA.

Más de 10 personas trabajadoras

Formulario en línea más identificación oficial vigente, poder notarial, comprobante de nómina, registros patronales ante el IMSS, cédula del SUA y RFC o acta constitutiva, según corresponda.

Se exceptúa el comprobante de domicilio.

La eliminación de requisitos aplica únicamente a solicitudes con hasta diez personas trabajadoras.

03 · Nuevos tiempos de resolución

De 20 a 5 días hábiles

Antes

20

días hábiles

Ahora

5

días hábiles
hasta 10 personas

Ahora

15

días hábiles
más de 10 personas

04 · Alcance del Acuerdo

Qué ya no puede solicitar la Secretaría

El Acuerdo establece que la STPS no solicitará documentación emitida por la propia Secretaría, no pedirá copias simples ni requisitos adicionales a los expresamente previstos, lo que refuerza el alcance de la simplificación administrativa.

Importante: la simplificación del trámite no elimina la obligación de revisar el cumplimiento integral de las empresas que prestan o contratan servicios especializados.

En Dayana Reyes y Abogados

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